Reglamento de Socio

Reglamento interno para socios de la Asociación Argentina de Numismática

Artículo 1: Objetivo El presente reglamento tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos que rigen la actividad de los socios de la Asociación Argentina de Numismática, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de la misma y el cumplimiento de sus objetivos.

Artículo 2: Socios

  1. Podrán ser socios de la Asociación Argentina de Numismática todas las personas interesadas en la numismática y que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento.

  2. La admisión de nuevos socios se realizará mediante solicitud por escrito dirigida a la comisión directiva de la Asociación. La solicitud será evaluada por la comisión directiva, la cual tendrá un plazo de 30 días para decidir sobre la admisión.

  3. Los socios tendrán derecho a participar en todas las actividades organizadas por la Asociación, así como a recibir información sobre las mismas.

  4. Los socios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el reglamento y en los estatutos de la Asociación.

Artículo 3: Obligaciones de los socios

  1. Los socios deberán respetar las normas y procedimientos establecidos en el presente reglamento y en los estatutos de la Asociación.

  2. Los socios deberán cumplir con las obligaciones financieras establecidas en los estatutos de la Asociación.

  3. Los socios deberán mantener un comportamiento respetuoso y cordial con los demás socios, así como con el personal de la Asociación.

Artículo 4: Sanciones

  1. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente reglamento o en los estatutos de la Asociación, la comisión directiva podrá aplicar las siguientes sanciones:
  • Amonestación verbal o escrita.
  • Suspensión temporal de los derechos de socio.
  • Expulsión de la Asociación.
  1. La aplicación de sanciones será decidida por la comisión directiva, la cual deberá realizar un proceso previo de investigación y dar al socio afectado la oportunidad de defenderse.

Artículo 5: Modificaciones al reglamento

  1. Las modificaciones al presente reglamento podrán ser propuestas por cualquier socio de la Asociación.

  2. Las propuestas de modificación serán evaluadas por la comisión directiva, la cual deberá someterlas a votación en la asamblea de socios.

  3. Para la aprobación de las modificaciones se requerirá una mayoría de dos tercios de los votos emitidos por los socios presentes en la asamblea.

Artículo 6: Disposiciones finales

  1. Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por la comisión directiva.

  2. El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la asamblea de socios.

  3. El presente reglamento deberá ser entregado a todos los socios al momento de su admisión a la Asociación, y estará disponible para su consulta en la sede de la misma.

    1. Los socios que no cumplan con las obligaciones establecidas en el presente reglamento o en los estatutos de la Asociación podrán ser sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.

    2. La Asociación se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el presente reglamento, debiendo informar a los socios de dichas modificaciones con la debida antelación.

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