Reglamento interno para socios de la Asociación Argentina de Numismática
Artículo 1: Objetivo El presente reglamento tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos que rigen la actividad de los socios de la Asociación Argentina de Numismática, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de la misma y el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 2: Socios
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Podrán ser socios de la Asociación Argentina de Numismática todas las personas interesadas en la numismática y que cumplan con los requisitos establecidos en el reglamento.
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La admisión de nuevos socios se realizará mediante solicitud por escrito dirigida a la comisión directiva de la Asociación. La solicitud será evaluada por la comisión directiva, la cual tendrá un plazo de 30 días para decidir sobre la admisión.
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Los socios tendrán derecho a participar en todas las actividades organizadas por la Asociación, así como a recibir información sobre las mismas.
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Los socios deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el reglamento y en los estatutos de la Asociación.
Artículo 3: Obligaciones de los socios
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Los socios deberán respetar las normas y procedimientos establecidos en el presente reglamento y en los estatutos de la Asociación.
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Los socios deberán cumplir con las obligaciones financieras establecidas en los estatutos de la Asociación.
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Los socios deberán mantener un comportamiento respetuoso y cordial con los demás socios, así como con el personal de la Asociación.
Artículo 4: Sanciones
- En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente reglamento o en los estatutos de la Asociación, la comisión directiva podrá aplicar las siguientes sanciones:
- Amonestación verbal o escrita.
- Suspensión temporal de los derechos de socio.
- Expulsión de la Asociación.
- La aplicación de sanciones será decidida por la comisión directiva, la cual deberá realizar un proceso previo de investigación y dar al socio afectado la oportunidad de defenderse.
Artículo 5: Modificaciones al reglamento
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Las modificaciones al presente reglamento podrán ser propuestas por cualquier socio de la Asociación.
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Las propuestas de modificación serán evaluadas por la comisión directiva, la cual deberá someterlas a votación en la asamblea de socios.
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Para la aprobación de las modificaciones se requerirá una mayoría de dos tercios de los votos emitidos por los socios presentes en la asamblea.
Artículo 6: Disposiciones finales
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Cualquier situación no prevista en el presente reglamento será resuelta por la comisión directiva.
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El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación por la asamblea de socios.
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El presente reglamento deberá ser entregado a todos los socios al momento de su admisión a la Asociación, y estará disponible para su consulta en la sede de la misma.
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Los socios que no cumplan con las obligaciones establecidas en el presente reglamento o en los estatutos de la Asociación podrán ser sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.
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La Asociación se reserva el derecho de modificar en cualquier momento el presente reglamento, debiendo informar a los socios de dichas modificaciones con la debida antelación.
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